España se enfrenta el incumplimiento de los objetivos de recogida de botellas SUP
España se enfrenta el incumplimiento de los objetivos de recogida de botellas SUP
La transición hacia una economía circular en España tiene como uno de sus pilares la gestión eficiente de los residuos plásticos, en particular aquellos derivados de las botellas de plástico para bebidas de hasta 3 litros (botellas SUP). La Ley 7/2022, de 8 de abril, sobre residuos y suelos contaminados para una economía circular, establece en su artículo 59 objetivos concretos de recogida separada para estas botellas, incluidas sus tapas y tapones, con el propósito de destinarlas a su reciclado. Estos objetivos, que se escalonan en los años 2023, 2025, 2027 y 2029, son parte de un esfuerzo sostenido por alinear la legislación nacional con los compromisos medioambientales europeos.
Por su parte, el Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases, complementa las disposiciones de la Ley 7/2022 al establecer un sistema normativo que incluye mecanismos de alerta temprana. Este sistema permite identificar posibles incumplimientos en los objetivos de recogida separada y prevé medidas correctivas obligatorias. En particular, el decreto dispone que, de no alcanzarse un 70% de recogida separada de botellas de plástico SUP al cierre del año 2023, los productores afectados deberán implementar un Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR).
Publicación de los resultados del año 2023 y análisis del incumplimiento.
El pasado 22 de noviembre de 2024, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico hizo públicos los resultados de la evaluación correspondiente al objetivo de recogida separada de botellas SUP fijado para el año 2023. Este informe, elaborado conforme a la Decisión de Ejecución (UE) 2021/1752 y publicado en la página web oficial del ministerio, reveló que el porcentaje de recogida separada alcanzó un 41,3%, muy por debajo del 70% establecido en la Ley 7/2022.Este resultado no solo evidencia un claro incumplimiento de las metas fijadas, sino que también pone de manifiesto la necesidad urgente de adoptar medidas correctivas que aseguren el cumplimiento de los objetivos de reciclado en los años sucesivos. La cifra del 41,3% refleja las dificultades estructurales del sistema actual de recogida separada, que no ha logrado movilizar de manera efectiva a los productores ni a los consumidores para alcanzar el nivel de reciclado deseado.
El incumplimiento del objetivo del 70% no solo representa un desafío para los productores de productos afectados, sino que también plantea interrogantes sobre la efectividad de los sistemas de recogida y reciclado actuales. La implementación de un SDDR no solo es una exigencia legal, sino que también ofrece una oportunidad para fortalecer las infraestructuras de gestión de residuos, reducir la dependencia de plásticos vírgenes y fomentar una economía circular más sostenible.
Consecuencias Legales del Incumplimiento.
El Real Decreto 1055/2022 establece un marco de actuación claro para abordar el incumplimiento de los objetivos de recogida separada. Según su artículo 47.2, los productores de productos afectados deberán adoptar las siguientes medidas correctivas de manera inmediata:
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Plazo de seis meses para presentar solicitudes de autorización o revisión del sistema de responsabilidad ampliada del productor (RAP):
Los productores cuyos envases se encuentren regulados por el artículo 47.1 del Real Decreto 1055/2022 están obligados a presentar, en un plazo máximo de seis meses desde la notificación del incumplimiento, una solicitud de autorización para implementar un sistema de responsabilidad ampliada del productor (RAP).
Alternativamente, si ya cuentan con un sistema RAP en funcionamiento, deberán revisarlo y adaptarlo para garantizar que cumple con las exigencias legales y normativas vigentes.
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Plazo de dos años para implementar el Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR):
En un plazo máximo de dos años desde la fecha de notificación, los productores deberán establecer un Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR) que cubra todo el territorio nacional.
Este sistema es una herramienta clave para asegurar la devolución efectiva de los envases SUP y fomentar su posterior reacondicionamiento o reciclado, debiendo estar completamente operativo en un plazo de dos años desde la constatación del incumplimiento, es decir, antes del 1 de enero de 2027.
Conclusiones.
El incumplimiento del objetivo de recogida separada para 2023 pone en evidencia las limitaciones del sistema actual de gestión de envases y residuos de envases en España. No obstante, la adopción de las medidas correctivas previstas en el Real Decreto 1055/2022 representa una oportunidad para corregir estas deficiencias y avanzar hacia un modelo de gestión más eficiente y alineado con los principios de la economía circular.La implementación de los sistemas RAP y SDDR no solo contribuirá a alcanzar los objetivos de reciclado en los plazos fijados, sino que también reforzará el compromiso de España con la protección del medio ambiente y el cumplimiento de las normativas europeas. En este marco, la colaboración entre los productores, las administraciones públicas y los consumidores será clave para garantizar el éxito de estas medidas.