Mecanismos transfronterizos sujetos a comunicación (DAC6)
La quinta modificación de La Directiva relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad (DAC6), se refiere al intercambio automático y obligatorio de información por parte de quienes la propia norma ha venido a definir como intermediarios, así como por los contribuyentes que participen en un mecanismo transfronterizo sujeto a comunicación de información. Dado que la obligación de comunicar se está implementando de manera diferente en cada uno de los Estados miembros de la UE y el incumplimiento puede acarrear sanciones severas, es esencial que tanto intermediarios como contribuyentes analicen con precisión y gestionen adecuadamente su obligación de comunicar.
Las modificaciones introducidas por la DAC6 entraron en vigor el 25 de junio de 2018, por lo que esta fecha marca el momento a partir del cual nace la obligación de comunicar a la Administración Tributaria los mecanismos transfronterizos sometidos a comunicación.
Cumplimiento de las obligaciones de información bajo DAC6 con BDO
BDO ofrece una amplia gama de servicios que le facilitarán cumplir con las obligaciones derivadas de la DAC6. A continuación, exponemos algunos ejemplos:
Dada la estrecha colaboración que estamos llevando a cabo desde las diferentes oficinas de BDO para abordar los retos de la DAC6, podemos asegurarle que estamos en disposición de ayudarles en cada etapa del camino hacia el cumplimiento con la DAC6 en todos los Estados miembros de la UE.
Herramienta tecnológica DAC6 de BDO
BDO ha desarrollado una herramienta tecnológica (DAC6 Tool), la cual, mediante un cuestionario intuitivo, asiste tanto a intermediarios fiscales como a contribuyentes interesados en la revisión de los mecanismos transfronterizos en los que intervienen. Al tratarse de una herramienta informada con las especificidades de cada Estado miembro de la UE, ello les permitirá obtener una visión completa de sus obligaciones de comunicación, así como a recopilar la información necesaria. La BDO DAC6 Tool facilitará la presentación de sus declaraciones tanto a intermediarios como a contribuyentes.
La BDO DAC6 Tool está en continuo desarrollo, siendo actualizada de forma periódica con los cambios que se vayan produciendo en la legislación y la jurisprudencia de la UE, así como en relación con los requisitos de información de cada uno de los Estados miembro. Se proporcionarán nuevas versiones de la herramienta a través de actualizaciones. BDO cuenta con un equipo de soporte técnico para resolver cualquier incidencia técnica relacionada con la DAC6 Tool.
Todos los informes se almacenan sistemáticamente, facilitando así la realización de búsquedas, así como la exportación y compartición de datos con las autoridades fiscales. Los informes se pueden exportar en varios formatos (Excel, XML, etc.). Además, la herramienta garantiza la seguridad de los datos de usuario.
Para más información, utilice el formulario de contacto que figura a continuación, y un miembro de nuestro equipo de BDO se pondrá en contacto con usted.
Capacitación para su organización: Formación DAC6 de la mano de BDO
En aras de ayudarle en la capacitación de su organización, BDO ha desarrollado un plan de formación consistente en dos pilares. Por un lado, le ofrecemos la posibilidad de llevar a cabo sesiones formativas “en directo” en las que nuestro personal expone de forma sencilla y adaptada a sus necesidades los principales aspectos de esta norma. Por otro lado, hemos elaborado una herramienta de formación online sobre DAC6 basada en las disposiciones de la Directiva, las cuales operan como un estándar mínimo que todos los países de la UE deben seguir.
Asimismo, la herramienta digital es susceptible de ser personalizada incluyendo las especificidades de cada Estado miembro de la UE, así como las políticas de imagen corporativa y de contenido requeridos por su compañía. Una formación estándar contiene:
Para obtener más información sobre las soluciones formativas para su organización contáctenos a través del formulario de contacto que figura a continuación.
Prórroga de las fechas de intercambio de información financiera y sobre mecanismos transfronterizos. Leer artículo