PLAN DE AYUDAS PARA ASOCIACIONES EMPRESARIALES INNOVADORAS EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN

El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo abre el plazo de solicitud de ayudas para Asociaciones Empresariales Innovadoras en el marco del Plan de Recuperación con intensidades de hasta 500.000 €.

El programa tiene como objeto mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas. Para ello prevé apoyar con recursos públicos las estrategias de innovación y competitividad empresarial desarrolladas por parte de las Agrupaciones Empresariales Innovadoras que se reconozcan como tales como consecuencia de su inscripción en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio.

Las actuaciones susceptibles de ayuda son las enmarcadas en las siguientes líneas:

  • Línea 1: Actuaciones de apoyo al funcionamiento de Agrupaciones Empresariales Innovadoras. AEI incipientes, considerando como tales las recientemente constituidas, en proceso de consolidación, con una antigüedad de un máximo de 4 años desde su fecha de constitución, y cuya inscripción en el Registro de Asociaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio se encuentre vigente a la fecha de publicación de la convocatoria.
  • Línea 2: Estudios de viabilidad técnica.
    Los estudios que se presenten a través de esta línea estarán enfocados a la definición de proyectos destinados a ser presentados a futuras convocatorias de los siguientes programas:
    • El programa de Apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras regulado por la presente orden, a través de la Línea 3 de «Proyectos de Tecnologías Digitales»
    • El programa marco de investigación e innovación de la UE para el periodo 2021-2027, «Horizonte Europa»
  • Línea 3: Proyectos de Tecnologías Digitales.
    Los proyectos presentados en este epígrafe deberán incorporar conocimientos y/o tecnologías que promuevan la transformación digital de las empresas:
    • Actividades de investigación industrial, con una subvención de hasta el 80%
    • Actividades de desarrollo experimental con una subvención máxima del 60%
    • Innovación en materia de organización, con una intensidad del 50% para PYMES y 15% para grandes empresas, siempre y cuando las PYMES corran con al menos el 30% del coste subvencionable.
    • Innovación en materia de procesos, igual que el anterior.

Los requisitos de participación en esta convocatoria son:

  1. Podrán participar en estos proyectos las Asociaciones Empresariales Innovadoras y las entidades asociadas a ellas cuyas inscripciones en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo se encuentren vigentes en la fecha de publicación de cada convocatoria.
  2. Las solicitudes de ayudas serán siempre presentadas por una única Asociaciones Empresariales Innovadoras que actuará como solicitante y como interlocutora con el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo a los efectos de la gestión de las ayudas
  3. En todas las actuaciones se exigirá la participación de un mínimo de dos PYMES además de la AEI solicitante de la ayuda
  4. La contribución de cualquiera de los participantes en el proyecto no podrá ser inferior al 10% del presupuesto subvencionable, con la excepción de la Asociaciones Empresariales Innovadoras solicitante cuya contribución mínima estará en el 4 %
  5. La contribución de las entidades que no cumplan los criterios establecidos en la definición de PYME no podrá ser superior al 70 % del presupuesto total subvencionable
  6. En el caso de que la Asociaciones Empresariales Innovadoras solicitante no cuente con personal propio suficiente para el desarrollo de la actuación, podrá contar con personal de sus entidades asociadas que podrán imputar como máximo el mismo número de horas que las dedicadas por el personal propio de la Asociaciones Empresariales Innovadoras (AEI) solicitante.
  7. En el caso de que en el proyecto participen otras AEI distintas de la AEI solicitante, su contribución deberá efectuarse con personal propio
  8. Todos los participantes deberán tener sus relaciones formalizadas documentalmente mediante un contrato, convenio o acuerdo en el que se establezcan los derechos y obligaciones de los distintos sujetos.

Las ayudas serán destinadas a cubrir los gastos directamente relacionados con el desarrollo del proyecto o actuación, aplicándose a los siguientes conceptos:

  • Gastos de personal técnico directamente involucrado en la ejecución de las actuaciones o proyectos
  • Gastos de personal administrativo
  • Colaboraciones externas
  • Gastos de alquiler del inmueble utilizado como sede de la Asociaciones Empresariales Innovadoras
  • Gastos de viajes interurbanos y alojamiento
  • Otros costes no contemplados en los anteriores apartados que de forma indubitada respondan a la naturaleza de la actuación subvencionada y resulten estrictamente necesarios, siempre que queden reflejados en las convocatorias

El plazo límite de presentación de las solicitudes finaliza el 18 de noviembre

 

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