Anulación de las Zonas de Bajas Madrid

Analisis sentencia anulación Zonas Bajas Emisiones en Madrid

TSJ ha anulado la Ordenanza al considerar que concurre una “manifiesta insuficiencia” del informe de impacto económico previo a la aprobación de la Ordenanza.
Con fecha 17 de septiembre de 2024 hemos tenido conocimiento a través de la nota informativa publicada en la página web del Poder Judicial que la Sección Segunda de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (“TSJ”) ha anulado diversos preceptos de la Ordenanza 10/2021, de 13 de septiembre, por la que se modifica la Ordenanza de Movilidad Sostenible, de 5 de octubre de 2018 del Ayuntamiento de Madrid. En particular, se han anulado las partes relativas a la definición del ámbito de la Zona de Bajas Emisiones (“ZBE”) en todo el municipio de Madrid y las que establecen las dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (“ZBEDPE”) de “Distrito Centro” y “Plaza Elíptica.
  • De manera muy sintética y a la espera de conocer el texto íntegro de la sentencia, el TSJ ha anulado la Ordenanza al considerar que concurre una “manifiesta insuficiencia” del informe de impacto económico previo a la aprobación de la Ordenanza.
Tal y como se recoge en la nota publicada, el TSJ considera que se da una “patente insuficiencia del informe de impacto económico” de las medidas adoptadas en la Ordenanza, que exigían la toma en consideración de sus consecuencias económicas, para poder efectuar “/…/ una ponderación adecuada del balance de beneficios y costes y de la posibilidad de adoptar medidas menos restrictivas de efecto equivalente, o que pudieran producir un efecto discriminatorio para los colectivos más vulnerables”.

Finalmente, se incide por el TSJ en el hecho de que las medidas adoptadas en la Ordenanza afectan presumiblemente a las personas de menos capacidad económica (al no poder acceder a nuevos vehículos que cumplan con las exigencias ambientales) sin que se valorase tal circunstancia, vulnerando con ello en cierto modo el principio de “transición justa” consagrado en la Ley 7/2021 de Cambio Climático y Transición Energética.

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