PRINCIPALES REFORMAS INTRODUCIDAS POR LA LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 2022

Resumen de las principales medidas introducidas en el ámbito tributario por la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2022.

Impuesto sobre Sociedades.       

Con efectos para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2022.

1.- Se establece una tributación mínima:

  • Del 15% de la base imponible para aquellos contribuyentes del Impuesto con un importe neto de la cifra de negocios igual o superior a veinte millones de euros o que tributen en el régimen de consolidación fiscal, en este caso, cualquiera que sea el importe de su cifra de negocios.

  • Del 10% en las entidades de nueva creación, cuyo tipo es del 15% y del 18% para las entidades de crédito y de exploración, investigación y explotación de yacimientos y almacenamientos subterráneos de hidrocarburos cuyo tipo general es del 30%. 

Esto supone que, como resultado de la aplicación de las deducciones (I&D e IT, en producciones cinematográficas series audiovisuales y espectáculos en vivo o por creación de empleo) no se podrá rebajar la cuota líquida por debajo de dicho importe.

  • Las deducciones cuyo importe se determine por la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias y en la Ley 19/1994, de 6 de Julio de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, se aplicarán respectando sus propios límites, aunque resulte una cantidad inferior a la cuota líquida mínima.

  • Las cantidades no deducidas podrán deducirse en los periodos siguientes de acuerdo con la normativa aplicable a cada caso.

2.- Esta medida tiene su correlato en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, para las rentas obtenidas mediante establecimiento permanente.

3.- Se reduce la bonificación de entidades dedicadas al arrendamiento de vivienda, pasando del 85% al 40%. Por lo tanto, estas empresas pasarán a un tipo efectivo del Impuesto sobre Sociedades del 15% sobre las rentas bonificadas, cuando anteriormente era del 3,75%.

IRPF.

Se minora de nuevo el límite general de reducción aplicable en la base imponible por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social hasta un máximo de 1.500€. Este límite se incrementará en 8.500€ más si las aportaciones provienen de contribuciones empresariales o de aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social por importe igual o inferior a la respectiva contribución empresarial.

Interés de demora e interés legal del dinero.

El tipo de interés de demora se mantiene en el 3,75% y el legal del dinero en el 3%.

Apuntes

Como conclusión a este resumen de las principales reformas introducidas por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022, conviene significar que se limita la efectividad de determinadas deducciones de la cuota en el Impuesto sobre Sociedades que, además de soportar su propio límite, deberán respetar ahora el límite establecido por el nuevo concepto de tributación mínima. Además, la reducción en el IRPF por aportación a planes de pensiones ha sufrido un drástico recorte al haberse reducido en 2 años desde 8.000€ a 1.500€.

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