Nueva normativa para empresas en comunicaciones judiciales
Nueva normativa para empresas en comunicaciones judiciales
El Real Decreto-ley 6/2023, implementa medidas para digitalizar las comunicaciones judiciales en España, estableciendo el uso obligatorio de medios electrónicos y la plataforma Carpeta Justicia para gestionar notificaciones y expedientes. Esta transformación exige que las entidades jurídicas actualicen sus protocolos para evitar repercusiones legales por errores en la gestión de procedimientos.
El Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre de 2023, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, recupera las reformas que se pretendían incorporar con el Proyecto de Ley de medidas de eficiencia procesal del servicio público de Justicia, cuya tramitación parlamentaria quedó interrumpida con la disolución de las cortes generales el pasado 29 de mayo de 2023.
Son muchas e inabarcables en estas líneas las modificaciones que introduce Real Decreto-ley 6/2023 que, aunque comparten el objetivo de la ansiada eficiencia, refieren a materias diversas que abarcan desde la transformación digital de la administración de justicia hasta cambios de reglas procesales en los diferentes ordenes jurisdiccionales, como son el penal, civil o contencioso administrativo.
Al margen cuestiones estrictamente técnicas con implicaciones en el desarrollo de los procedimientos judiciales, la transformación digital de la administración de justicia impone cambios en la interacción y forma de relacionarse de los órganos judiciales con la ciudadanía. Si hasta el momento sólo los profesionales que trabajamos de forma estrecha con los diferentes órganos judiciales habíamos experimentado en la práctica los efectos de la digitalización, ese cambio de paradigma se extiende ahora a todos los usuarios del sistema -o prácticamente todos-.
Así, el Real Decreto-ley 6/2023 establece como norma general que las comunicaciones en el ámbito de la administración de justicia se practicarán por medios electrónicos, entendiéndose como tal desde la notificación de cualquier resolución judicial hasta el emplazamiento para personarse y para actuar dentro de un plazo o la citación para comparecer en determinada fecha y lugar.
Son particularmente relevantes aquellas comunicaciones que refieren al inicio de actuaciones judiciales y contienen un emplazamiento para personarse en el procedimiento o una citación para comparecer ante un determinado órgano judicial puesto que tradicionalmente se han comunicado al destinatario de forma presencial mediante entrega física, por funcionario de turno o representante de mensajería, del documento o documentos en cuestión.
Este cambio en la forma de las comunicaciones judiciales obligará, cuanto menos a las personas jurídicas que están obligadas a relacionarse con la administración por medios electrónicos, a establecer nuevos protocolos de actuación que permitan hacer debido seguimiento de aquellos trámites judiciales en los que, de una forma u otra, estén involucrados.
A estos efectos, el Real Decreto-ley 6/2023 introduce la Carpeta Justicia como herramienta o plataforma de referencia para comunicaciones e interacción con la administración de justicia. A través de la misma se podrán aceptar y firmar los actos de comunicación en los que el ciudadano o persona jurídica sea destinatario y acceder a los que ya se hayan practicado con anterioridad.
También se podrá acceder a los expedientes judiciales electrónicos y conocer el estado de tramitación de los procedimientos en los que sea parte o tenga interés legítimo, así como realizar otros trámites como apoderamientos procesales, solicitudes de certificados (antecedentes penales, nacimiento, defunción, matrimonio, etc.), obtención y gestión de citas previas judiciales, incluso disponer de una agenda personalizada de señalamientos.
Actualmente, esta herramienta se encuentra en fase piloto y no está plenamente operativa en todos sus servicios en los diferentes ámbitos territoriales. Sin perjuicio de ello, no puede obviarse que desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2023 a las personas jurídicas llegarán las notificaciones judiciales en la dirección electrónica habilitada única a través de la cual interactúan con el resto de las administraciones, por ejemplo y de forma común, la tributaria.
Una incorrecta gestión puede conllevar graves e irreparables consecuencias, como la preclusión de plazos procesales y la consiguiente incapacidad para defender adecuadamente los intereses ante los órganos judiciales. Por ello, las empresas deberán hacer los esfuerzos necesarios para adaptarse a la nueva realidad digital de la administración de justicia.
En este sentido, más allá de estar atentos a las notificaciones que se reciban en la sede electrónica de cada empresa, desde BDO Abogados podemos ayudar en la implantación y gestión de esta nueva herramienta que es la Carpeta Justicia de la herramienta atendiendo a las necesidades y realidad judicial de cada empresa.
Son muchas e inabarcables en estas líneas las modificaciones que introduce Real Decreto-ley 6/2023 que, aunque comparten el objetivo de la ansiada eficiencia, refieren a materias diversas que abarcan desde la transformación digital de la administración de justicia hasta cambios de reglas procesales en los diferentes ordenes jurisdiccionales, como son el penal, civil o contencioso administrativo.
Al margen cuestiones estrictamente técnicas con implicaciones en el desarrollo de los procedimientos judiciales, la transformación digital de la administración de justicia impone cambios en la interacción y forma de relacionarse de los órganos judiciales con la ciudadanía. Si hasta el momento sólo los profesionales que trabajamos de forma estrecha con los diferentes órganos judiciales habíamos experimentado en la práctica los efectos de la digitalización, ese cambio de paradigma se extiende ahora a todos los usuarios del sistema -o prácticamente todos-.
Así, el Real Decreto-ley 6/2023 establece como norma general que las comunicaciones en el ámbito de la administración de justicia se practicarán por medios electrónicos, entendiéndose como tal desde la notificación de cualquier resolución judicial hasta el emplazamiento para personarse y para actuar dentro de un plazo o la citación para comparecer en determinada fecha y lugar.
Son particularmente relevantes aquellas comunicaciones que refieren al inicio de actuaciones judiciales y contienen un emplazamiento para personarse en el procedimiento o una citación para comparecer ante un determinado órgano judicial puesto que tradicionalmente se han comunicado al destinatario de forma presencial mediante entrega física, por funcionario de turno o representante de mensajería, del documento o documentos en cuestión.
Este cambio en la forma de las comunicaciones judiciales obligará, cuanto menos a las personas jurídicas que están obligadas a relacionarse con la administración por medios electrónicos, a establecer nuevos protocolos de actuación que permitan hacer debido seguimiento de aquellos trámites judiciales en los que, de una forma u otra, estén involucrados.
A estos efectos, el Real Decreto-ley 6/2023 introduce la Carpeta Justicia como herramienta o plataforma de referencia para comunicaciones e interacción con la administración de justicia. A través de la misma se podrán aceptar y firmar los actos de comunicación en los que el ciudadano o persona jurídica sea destinatario y acceder a los que ya se hayan practicado con anterioridad.
También se podrá acceder a los expedientes judiciales electrónicos y conocer el estado de tramitación de los procedimientos en los que sea parte o tenga interés legítimo, así como realizar otros trámites como apoderamientos procesales, solicitudes de certificados (antecedentes penales, nacimiento, defunción, matrimonio, etc.), obtención y gestión de citas previas judiciales, incluso disponer de una agenda personalizada de señalamientos.
Actualmente, esta herramienta se encuentra en fase piloto y no está plenamente operativa en todos sus servicios en los diferentes ámbitos territoriales. Sin perjuicio de ello, no puede obviarse que desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2023 a las personas jurídicas llegarán las notificaciones judiciales en la dirección electrónica habilitada única a través de la cual interactúan con el resto de las administraciones, por ejemplo y de forma común, la tributaria.
Una incorrecta gestión puede conllevar graves e irreparables consecuencias, como la preclusión de plazos procesales y la consiguiente incapacidad para defender adecuadamente los intereses ante los órganos judiciales. Por ello, las empresas deberán hacer los esfuerzos necesarios para adaptarse a la nueva realidad digital de la administración de justicia.
En este sentido, más allá de estar atentos a las notificaciones que se reciban en la sede electrónica de cada empresa, desde BDO Abogados podemos ayudar en la implantación y gestión de esta nueva herramienta que es la Carpeta Justicia de la herramienta atendiendo a las necesidades y realidad judicial de cada empresa.