METAVERSO. ¿ABRIMOS LA PUERTA A UNA NUEVA REALIDAD O A LA FICCIÓN?
METAVERSO. ¿ABRIMOS LA PUERTA A UNA NUEVA REALIDAD O A LA FICCIÓN?
Si nos ajustamos a lo que Wikipedia define como Metaverso (también llamado Metauniverso) este lo describe como una experiencia inmersiva y multisensorial en el uso aplicado de diversos dispositivos y desarrollos tecnológicos en internet.
Si echamos mano de memoria, algo parecido al Metaverso ya lo conocíamos jugando a Second Life, Minecraft o Fortnite, entre otros, antes de que se empezase a escuchar este mismo concepto.
Pero si atendemos a lo que en los medios de información nos bombardean últimamente, el Metaverso es una especie de escenario imaginario y confuso, donde ellos mismos son incapaces de explicarnos de una manera clara a cualquiera de los mortales. Una de las últimas definiciones que he escuchado es que se trata de un universo paralelo al mundo físico formado por mundos virtuales interconectados donde los seres humanos podremos vivir una experiencia alternativa.
Lo único que de momento sacamos en claro es que el objetivo es que los usuarios puedan unirse en un universo 3D en línea, a través de un navegador web, y que puedan trabajar, jugar, socializar y vivir experiencias gracias a tecnologías que hoy en día ya están algo más implantadas que hace años. Me estoy refiriendo a blockchain (proporcionará que este “mundo” no esté centralizado y que la propiedad única de un espacio u objeto sea sólida - dejaremos el concepto NFT para otro momento-), realidad virtual (proporciona un entorno de experiencias inmersivas que permiten al usuario interactuar con escenarios y objetos que simulan la realidad) o realidad aumentada (permite superponer elementos virtuales a la imagen real y poder interaccionar con ellos).
Ahora solo queda ver un uso real de todo esto, y que podamos ver una utilidad clara en estos “mundos virtuales”, más allá de la de muñequitos 3D personalizados.
Y no me refiero a un espacio donde se creen stands virtuales u oficinas de información donde un usuario (con su correspondiente personaje 3D) se dirige a ellos para solicitar información o interactuar (eso de toda la vida se ha llamado chat, formulario de información, etc), sino a un universo donde estos espacios tengan un uso real y se generen ingresos, transacciones comerciales, relaciones, etc.
Hasta entonces, no estará justificada la compra de un espacio virtual, un terreno, un estadio de fútbol, una oficina o una valla publicitaria. Ahora solo hay especulación de algo que aún ninguno de nosotros sabemos a ciencia cierta cómo acabará.
Y para dar un poco más de bombo al Metaverso y hacer la “pelota” aún más grande, llega Facebook y cambia el nombre a su empresa matriz y ahora la llama “Meta”, la cual actualmente engloba a Facebook, Whatsapp e Instagram.
Está claro que vamos a escuchar y “vivir” muchos metaversos (más allá del universo, según su acrónimo metauniverso) en los próximos años. Ya se vaticina que pasará algo parecido a lo que ya pasó en su día con el concepto de Internet, que se hablaba de que iba a revolucionar al mundo, pero ninguno era capaz de lograr ver en lo que se convertiría años más tarde y como se “coló” en nuestras vidas.
Y uno de los aspectos que más inquieta a todo esto es como se va a vigilar y regular lo que pase dentro de este universo y bajo qué leyes estará todo amparado. Es obvio que actualmente ningún órgano legal de ningún país cubre las supuestas actividades, transacciones u operaciones que se puedan llevar a cabo en estos mundos y es pronto para saber qué nuevas actividades ilícitas se darán, más allá de aspectos de seguridad y privacidad.
Porque al igual que en su día el comercio electrónico obligó a que hubiese un marco legal que regulase y controlase este tipo de operaciones digitales, algunos expertos creen que será necesario que la actual legislación vigente recoja estos escenarios.
Está claro que el orden y el ritmo es ese, tras la aparición de nuevos acontecimientos, viene la búsqueda de leyes que lo amparen. Lo normal sería pensar que las leyes ya están ahí y solamente será necesario adaptarlas a la nueva “realidad”, y ver cómo se aplican a la aparición de nuevos delitos. Algo parecido pasó en su día con la ley de protección de datos de 1999 y que posteriormente y tras varias modificaciones, pasó a convertirse en lo que hoy conocemos como la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD).
Europa ya lleva tiempo trabajando en un marco legal para regular el contenido en línea bajo la Ley de Servicios Digitales (DSA) y otra para aspectos de competencia bajo la Ley de Mercados Digitales (DMA). Es más que probable que haya tenido que ponerse al día y se esté también trabajando para adelantarse y que no quede obsoleta en pocos meses ante el Metaverso.