CNAE-2025 Nueva clasificación Nacional de Actividades Económicas

La Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) es el sistema de numeración que utilizamos en España que agrupa y clasifica todas las unidades productoras según la actividad económica que desarrollan las empresas y autónomos, asignando un código (comúnmente conocido como código CNAE) a cada unidad.

Con ello se consigue que un conjunto de información pueda ser tratado a través de este código, facilitando los análisis estadísticos y la interpretación de los datos. Esta clasificación está basada en cuatro niveles: sección, división, grupo y clase.

La actual clasificación fue aprobada en 2007 y entró en vigor en 2009, 15 años han pasado hasta que el Instituto Nacional de Estadística (INE) ha decidido actualizarlo, todo ello motivado por la creación de los negocios y por ende, de nuevos puestos de trabajo, relacionados especialmente con el desarrollo tecnológico, persiguiendo modernizar la clasificación para adaptarse a las realidades del mercado laboral. Igualmente, busca mantener la compatibilidad y comparabilidad de la clasificación nacional con el resto del sistema internacional de clasificaciones de actividades económicas (NACE Rev.2) para obtener así estadísticas más fiables.

El Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas creará un nuevo CNAE-2025 que mantiene los 99 grupos actuales, pero incorpora principalmente nuevos grupos y sobre todo, nuevas clases profesionales dentro de este. 

De acuerdo con el proyecto, la nueva clasificación comenzará a aplicarse de forma gradual entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2026. No obstante, el texto define dos fechas y establece que las unidades económicas incluidas en los registros de la Tesorería General de la Seguridad Social utilizadas para el Directorio Central de Empresas tendrán que comunicar la codificación antes de mayo de 2025, mientras que el resto de registros administrativos del Sector Público Estatal que contienen la variable de actividad económica, deberá estar codificada según la CNAE 2025 antes del 1 de enero de 2027.
Si bien el Instituto Nacional de Estadística garantizará la transición elaborando, actualizando y publicando notas explicativas y normas de clasificación de la CNAE-2025 así como publicando cuadros de equivalencias entre la CNAE-2009 y la CNAE-2025 y entre la CNAE-2025 y la NACE Rev.2.1, la disposición adicional señala como responsables a los encargados de ingresar las cuotas de la Seguridad Social, que serán los que comuniquen en que nueva categoría quedan para que pueda actualizarse el registro público.

La clasificación no solo permite extraer datos de las empresas a partir de su actividad, sino que determina, además, los porcentajes de cotización a la Seguridad Social de los empresarios por las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, conocidos como IT e IMS. A este nuevo Real Decreto se le sumará la legislación de la Seguridad Social que establezca las nuevas tarifas adaptadas a la nueva clasificación de CNAE-2025. Esto puede significar que una empresa que antes estaba clasificada en un sector específico deba adaptarse a otro bajo diferentes tarifas de IT e IMS, pudiendo suponer un esfuerzo económico la actualización y aplicación de los tipos de cotización.

No debemos olvidar tampoco que cada CNAE está vinculado a determinados convenios colectivos. A la hora de decretar el convenio colectivo aplicable en cada caso, un punto fundamental es concretar adecuadamente cuál o cuáles son las actividades que se desarrollan en la empresa, siendo el CNAE declarado uno de los criterios a tener en cuenta para determinarlo, el propio Ministerio de Trabajo y Economía Social pone a disposición en su página web un buscador de convenios colectivos que permite realizar una búsqueda de posibles convenios atendiendo a los CNAE existentes.

Uno de los efectos más relevantes podría ser el ajuste en los convenios colectivos que actualmente rigen diferentes sectores. La modificación en el CNAE que implique un cambio en el sector o grupo, podría obligar a las empresas a revisar las actividades que realizan y, por consiguiente, a identificar el convenio colectivo que les corresponde. Al igual que sucedería con las tarifas de cotización, una empresa que antes estaba clasificada en un sector específico que deba a adaptarse a otro con condiciones laborales distintas, se vería afectada en aspectos como salarios, horarios, beneficios etc.

Asimismo, las empresas podrían necesitar invertir en comunicación interna para garantizar las implicaciones del cambio de CNAE si este se traduce en un cambio del convenio colectivo de aplicación.
Si bien es cierto que la nueva revisión del CNAE-2025 está en desarrollo y debemos esperar a su publicación en el BOE para conocer definitivamente su alcance, no podemos dejar de prever estas cuestiones. Debemos estar atentos a una versión definitiva que nos presente la información y obligaciones y permita su comprensión, así como su uso a los empresarios y profesionales, pero como podemos deducir de la información publicada hasta la fecha, el cambio de CNAE no solo podría influir en la clasificación de actividades, sino que podría tener repercusiones significativas económicas y en la gestión de los recursos humanos y en las relaciones laborales dentro de las organizaciones.