EL ANÁLISIS DE LOS RIESGOS DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA DE LA AEAT
EL ANÁLISIS DE LOS RIESGOS DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA DE LA AEAT
No es ninguna novedad que la Agencia Tributaria española ha venido desarrollando en los últimos años herramientas informáticas sofisticadas para el análisis de riesgos fiscales en materia de precios de transferencia. Estas herramientas se alimentan de los datos informados por los propios contribuyentes en los distintos modelos de declaración, así como la recopilada de otras administraciones mediante los mecanismos de intercambio de información internacionales.
Sin embargo, tal como señala la Agencia Tributaria en su reciente publicación del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021, en este año veremos completada la implantación de las herramientas de identificación de riesgos, a través de las cuales la Agencia Tributaria sistematizará todos los riesgos fiscales existentes a su criterio.
Estas herramientas no serán estáticas, sino que gracias al papel dinamizador de la Oficina Nacional de Fiscalidad Internacional (‘ONFI’), la Agencia Tributaria podrá definir nuevos modelos de análisis de riesgos de precios de transferencia en base a la experiencia que obtenga la ONFI en las nuevas tendencias elusorias observadas en los contribuyentes y en los trabajos realizados por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (‘OCDE’).
Todo ello redundará en un análisis e identificación de riesgos por parte de la Agencia Tributaria a través de la elaboración de indicadores, índices y modelos, así como en la identificación de las pautas de comportamiento de alto riesgo fiscal más novedosas realizadas por los contribuyentes, a la vez que permitirá un mejor seguimiento del resultado de las actuaciones llevadas a cabo por los distintos equipos de inspección.
Campaña específica de revisión del Modelo 232
Una de las aplicaciones prácticas de estas herramientas la veremos materializada en 2021 con la campaña específica que realizará la Agencia Tributaria para verificar el cumplimiento de las obligaciones de información sobre operaciones vinculadas (Modelo 232) desde el ejercicio 2016, poniendo nuevamente la Administración el foco en los precios de transferencia que serán nuevamente un ámbito prioritario para las actuaciones inspectoras en 2021.
Por tanto, es crucial que los responsables fiscales de las compañías pongan como un punto prioritario de sus agendas la comprobación de la efectiva presentación este modelo de declaración en los ejercicios abiertos a inspección, así como de la adecuación y razonabilidad de los datos declarados. En nuestra publicación relativa al Modelo 232 se da respuesta a algunas preguntas frecuentes que suelen surgir a la hora de preparar dicho modelo, con el fin de no caer en los errores comunes en su preparación.
Modelo 232: FAQ y otras cuestiones de actualidad
Modelo de análisis de la información del Informe País por País
Por otro lado, en este 2021 también cobrará especial relevancia la información internacional que se recibirá de los mecanismos de intercambio de información internacionales de las rentas de los contribuyentes residentes y no residentes, a través de los acuerdos unilaterales con administraciones tributarias, pero sobre todo y especialmente del Informe País por País «Country-by-Country report» (‘CBCR’).
Según la publicación “Country-by-Country report. Handbook on Effective Tax Risk Assessment. September 2017” de la OCDE, la administración tributaria española realiza un uso centralizado de los datos del CBCR en la Oficina de Grandes Contribuyentes. Dado el alto volumen de informes relativos a empresas multinacionales (‘MNE’) con sede nacional como extranjera (las estimaciones iniciales se situaban en 800 informes), se planteó un enfoque en dos fases: 1) análisis automatizado; y 2) revisión manual de los informes CbC en combinación con otras fuentes de datos.
La siguiente ilustración muestra la representación gráfica del proceso de análisis de riesgos que la Agencia Tributaria realiza con la información del CBCR:
Fuente OCDE
Una vez que los datos se reciben y almacenan electrónicamente en el sistema informático de la Agencia Tributaria, la Administración ejecutará los algoritmos de sus herramientas informáticas para el análisis automatizado en base a dos enfoques complementarios:
- Enfoque de emisión: análisis general de todo el censo en busca de cuestiones, patrones y tipologías específicas, identificando incoherencias tanto dentro de los datos de un contribuyente como en toda la población.
- Enfoque de contribuyente: se centra en la MNE que ha presentado el CBCR, buscando elementos que se refieran únicamente a ese contribuyente o a un grupo de contribuyentes.
Posteriormente, el equipo de inspección realizará un análisis manual utilizando los datos obtenidos, su propia experiencia y otros datos de los que disponga la autoridad fiscal.
Otros aspectos relevantes en el análisis de riesgos en 2021
Es indudable que la pandemia originada en 2020 por la COVID-19 ha supuesto un impacto sin precedentes en la historia económica reciente y por tanto para muchos contribuyentes, suponiendo un gran reto también en la materia de precios de transferencia. Tal es su relevancia que la OCDE ha publicado una guía específica en dicha materia en relación con esta cuestión.
A este respecto, en el plan de control tributario de 2021 la Agencia Tributaria reconoce que empleará las pautas definidas por la OCDE cuando analice a los contribuyentes, aunque evaluará si los datos de 2020 son consistentes con la política general de precios previamente definidas por las MNEs antes del impacto del COVID-19. Por tanto, en el caso de incurrir en pérdidas, la Agencia Tributaria no sólo tendrá en cuenta las pautas definidas por la OCDE, sino también el perfil funcional y de riesgos previamente definidos por las MNEs.
Otra novedad que conviene advertir a los contribuyentes es que, gracias a estos mecanismos de intercambio de información con otras administraciones, la Agencia Tributaria ya empezó a recibir en 2020 información sobre determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal potencialmente agresiva como se establece en la DAC 6. Por lo que, aunque aún no se ha traspuesto la totalidad de la DAC6 al ordenamiento jurídico español (a la fecha de la redacción de esta nota aún no se ha tramitado el proyecto del reglamento que desarrolla la Ley 10/2020, 29 de diciembre), la Agencia Tributaria ya empieza a disponer de información relativa a los mecanismos transfronterizos declarados en otras jurisdicciones que afectan a los contribuyentes españoles.
El enfoque de análisis de riesgos de precios de transferencia de BDO
Al igual que en el resto de los ámbitos en el que tanto particulares como corporaciones desarrollamos nuestras actividades personales y profesionales, la gestión y análisis de los datos cobra una especial relevancia también en el ámbito fiscal.
Por ello, es conveniente que los contribuyentes tengan cada vez más presente el alcance holístico que está adquiriendo la información que la Agencia Tributaria utiliza en sus comprobaciones inspectoras, siendo recomendable un análisis detallado de los mismos por parte de los contribuyentes a la hora de reportarla a la Agencia Tributaria.
Desde el área de precios de transferencia de BDO hemos desarrollado una herramienta donde los contribuyentes podrán obtener un primer acercamiento a su perfil de riesgos en materia de precios de transferencia sobre la base de algunos de los datos reportados a la Agencia Tributaria. Esta herramienta se basa en la identificación de los criterios clave o indicares de potenciales riesgo en la definición de las políticas de precios de transferencia. Construido sobre la base de la propuesta de la OCDE, Plan de Control Tributario, y la jurisprudencia, esta herramienta ofrece un resumen de las principales áreas de riesgo en esta materia.